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En la ciudad de Guatemala, a las doce horas con treinta minutos del tres de marzo del año dos mil seis, yo, YURI ARMANDO FRANCO LÓPEZ, Notario, constituido en mi oficina profesional ubicada en la catorce calle “A” diez guión treinta y seis de la zona uno de esta ciudad, Edificio “Rapicortinas”, sexto nivel, oficina seiscientos siete; soy requerida por DIMAS GUSTAVO BONILLA, FRANK ARY OROZCO, MARIO ALEXANDER VELAZQUEZ, y HENRY ARRIAGA CONTRERAS, personas de mi anterior conocimiento y de datos de identificación en las presentes diligencias. Los comparecientes requieren mis servicios profesionales, ya que ante mis oficios se tramita el Proceso Sucesorio Extrajudicial Intestado de su esposo y padre, el señor FACUNDO CABRAL, y siendo hoy el día y hora señalada para la junta de herederos e interesados, teniéndose a la vista las publicaciones aparecidas en el diario oficial “Diario de Centro América” los días diez, diecisiete y veinticuatro, del mes de febrero del año dos mil seis; juramento a los comparecientes en forma legal advirtiéndoles lo relativo al delito de perjurio a lo cual me manifiestan que prometen conducirse con la verdad, por lo que se procede de la siguiente forma: PRIMERO: Manifiestan los requirentes que la primera comparece en su calidad de cónyuge y los demás en su calidad de hijos, respecto al causante. SEGUNDO: Continúan manifestando los comparecientes, en la calidad con que actúan, que aceptan expresamente la herencia que les corresponde a cada uno en virtud del derecho que les asiste. TERCERO: No habiendo más que hacer constar, termino la presente acta notarial en el mismo lugar y fecha de su inicio cincuenta minutos después, quedando contenida en una hoja de papel bond, a la que se le adhiere un timbre fiscal por el valor de cincuenta centavos y un timbre notarial por el valor de diez quetzales. Leo lo escrito a los requirentes, quienes bien enterados de su contenido, objeto, validez y efectos legales, lo ratifican, aceptan y firman con El Notario autorizante.